Resumen del Artículo Disposición transitoria vigesimocuarta

Artículo Disposición transitoria vigesimocuarta del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Disposición transitoria vigesimocuarta. Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras. Las sociedades concesionarias de autopistas de peaje que tuvieran reconocidos beneficios en este Impuesto el día 1 de enero de 1979 para las operaciones de financiación y…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria vigesimocuartaDisposición transitoria vigesimocuarta

Disposición transitoria vigesimocuarta. Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras.

Las sociedades concesionarias de autopistas de peaje que tuvieran reconocidos beneficios en este Impuesto el día 1 de enero de 1979 para las operaciones de financiación y refinanciación en función de su legislación específica y de lo establecido en la disposición transitoria tercera, apartado 2, del Acuerdo de la Diputación Foral de 28 de diciembre de 1978, y sus normas de desarrollo, conservarán dicho derecho adquirido en sus actuales términos.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria vigesimocuarta

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria vigesimocuarta?

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